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SRI reforma las reglas sobre beneficiarios finales y composición societaria

SRI reforma las reglas sobre beneficiarios finales y composición societaria

El Servicio de Rentas Internas (SRI), mediante la Resolución Nro. NAC-DGERCGC25-00000046, emitida el 30 de diciembre de 2025, dispuso la reforma puntual de las resoluciones NAC-DGERCGC22-00000046 y NAC-DGERCGC24-00000033, relacionadas con la obligación de reportar información de beneficiarios finales y de composición societaria ante la Administración Tributaria.

La resolución no crea un nuevo régimen informativo, sino que modifica disposiciones específicas de resoluciones vigentes, con el fin de precisar supuestos de identificación de beneficiarios finales y ampliar determinados casos obligatorios de reporte.

Puntos clave

1. Beneficiarios finales en fideicomisos privados: Se reforma el artículo 4, literal b), de la Resolución NAC-DGERCGC22-00000046, incorporando un nuevo inciso que establece que, cuando los fideicomisos privados, incluidos aquellos constituidos por organizaciones de la economía popular y solidaria, sean administrados por instituciones del Estado, se considerarán como beneficiarios finales:

  • Las personas naturales que ostenten la representación legal de dichas instituciones; y
  • Los representantes legales de los constituyentes.

2. Nuevos supuestos de reporte para organizaciones de la economía popular y solidaria: Se reforma el artículo 6 de la Resolución NAC-DGERCGC24-00000033, mediante:

  • Ajustes formales de redacción en los numerales 2 y 3; y
  • La incorporación de un numeral 4, que dispone que, cuando el sujeto obligado sea una organización bajo el régimen de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, deberá reportar información de:

o Miembros de directorio;

o Administradores;

o Personas con poder de decisión; y

o Titulares de derechos.

  • Siempre que sus aportes acumulados superen dos fracciones básicas desgravadas con tarifa cero para el cálculo del impuesto a la renta de personas naturales.

Para más información o asesoría, escríbenos a info@coronelyperez.com

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