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Novedades Jurídicas: Reglamento para Impulsar la Economía de las Mujeres Emprendedoras del Ecuador

Novedades Jurídicas: Reglamento para Impulsar la Economía de las Mujeres Emprendedoras del Ecuador

El 27 de octubre de 2025, el Presidente Constitucional de la República, Daniel Noboa Azín, emitió el Decreto Ejecutivo No. 190, que establece el Reglamento General a la Ley Orgánica para Impulsar la Economía de las Mujeres Emprendedoras del Ecuador. Este reglamento tiene como objetivo promover el empoderamiento económico de las mujeres emprendedoras en Ecuador, fomentando su acceso a recursos, mercados, financiamiento, capacitación, y asegurando su inclusión en la economía formal.

Este reglamento se aplica de manera obligatoria tanto para el sector público como privado en todo el territorio nacional. Su enfoque principal es garantizar la igualdad de oportunidades para todas las mujeres emprendedoras, independientemente de si sus emprendimientos están formalizados o no, siempre que estén registradas en el Registro Nacional de Emprendimiento, Innovación y Competitividad.

El reglamento establece diversas medidas para fomentar el desarrollo de las mujeres emprendedoras, entre las cuales destacan:

  • Acceso a Financiamiento: Se facilitará el acceso de las mujeres emprendedoras a productos financieros adaptados a sus realidades económicas y territoriales, con condiciones preferenciales.
  • Capacitación y Formación: Se ampliará el Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales para fortalecer las capacidades técnicas, empresariales y de gestión de las mujeres emprendedoras. El Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional (SECAP) tendrá un papel central en este proceso.
  • Incentivos Financieros: Se implementarán líneas de crédito y productos financieros destinados a las mujeres emprendedoras, con condiciones preferenciales que incluyen plazos extendidos, requisitos simplificados y tasas de interés bajas.
  • Formalización de Emprendimientos: Se establecerán procedimientos claros para la formalización de los emprendimientos, especialmente de aquellas mujeres que aún operan en la informalidad. Esto incluye asistencia técnica y programas educativos.
  • Acceso a Mercados Nacionales e Internacionales: Se promoverá la internacionalización de los emprendimientos liderados por mujeres, con el apoyo de políticas públicas que faciliten su participación en mercados internacionales.

Incentivos Tributarios y Exoneraciones

El reglamento también contempla incentivos tributarios para las mujeres emprendedoras, facilitando su acceso a beneficios fiscales como parte de las políticas de inclusión económica. El Servicio de Rentas Internas (SRI) jugará un papel clave en la implementación de estos incentivos, y se coordinará con organismos internacionales para desarrollar herramientas que respalden estos beneficios.

Además, se establecerá la exoneración de tasas administrativas para las mujeres emprendedoras en los procesos de registro, habilitación y acceso a servicios públicos necesarios para la formalización y gestión de sus emprendimientos.

El reglamento establece un sistema de supervisión por parte de las instituciones competentes, como el Ministerio de Economía y Finanzas, Superintendencia de Bancos y Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, para asegurar el cumplimiento de las disposiciones establecidas y la efectividad de los incentivos destinados a las mujeres emprendedoras.

Para cualquier duda o comentario respecto al contenido de este boletín, no dude en ponerse en contacto con nuestro abogado: jlongo@coronelyperez.com

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