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Primera gran sanción por protección de datos en Ecuador: lo que LIGAPRO y FEF nos enseñan sobre el deber urgente de afrontar la LOPDP

Primera gran sanción por protección de datos en Ecuador: lo que LIGAPRO y FEF nos enseñan sobre el deber urgente de afrontar la LOPDP

Recientemente, la Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP) aplicó sus primeras sanciones graves amparadas en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP). Las entidades sancionadas fueron la Liga Profesional de Fútbol del Ecuador (LigaPro) y la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF), por irregularidades en el tratamiento de datos personales.

Este evento marca un precedente clave para el mundo empresarial en Ecuador: si incluso organizaciones con notoriedad pública y recursos están siendo sancionadas, cualquier empresa –grande o pequeña– debe poner la protección de datos como prioridad.

Qué pasó: sanciones y por qué

LigaPro recibió una multa de USD 259.644,01.

FEF fue sancionada con USD 194.856,16.

La SPDP determinó infracciones graves porque ambas entidades:

  • No obtuvieron un consentimiento válido de los usuarios: en el caso de LigaPro, se confirmó que 14.398 personas entregaron sus datos a la plataforma (FAN ID) sin que su consentimiento se haya acreditado correctamente.
  • No implementaron las medidas técnicas, administrativas, organizativas y jurídicas necesarias para proteger esos datos personales, como exige la LOPDP (artículo 68 literal 1).

Además de las multas, les impusieron obligaciones correctivas: notificar a todos los titulares de los datos sobre la invalidez del consentimiento, eliminar los datos recabados, adecuar sus procesos internos, actualizar su Registro de Actividades de Tratamiento y establecer una política de protección de datos conforme con la normativa.

Según la SPDP, estas son las primeras sanciones graves desde la entrada en vigor del régimen sancionador de la LOPDP

Por qué este caso debería ser una alerta para todas las empresas

1. Precedente efectivo: Que dos instituciones de alto perfil hayan sido sancionadas demuestra que la normativa ya no es teórica: la SPDP está fiscalizando activamente.

2. Amplitud de responsabilidad: La LOPDP no distingue por tamaño, sector o visibilidad — cualquier organización que recoja y trate datos personales está sujeta.

3. Riesgo reputacional y económico: Las multas son elevadas. Además del impacto económico, está el daño a la reputación y confianza, especialmente si hay que notificar a miles de personas o eliminar bases de datos.

4. Obligaciones permanentes más allá del consentimiento: No basta pedir datos: se requiere un enfoque integral: políticas, medidas técnicas, controles internos, registro de tratamientos, documentación, derechos de los titulares, protocolos de seguridad.

5. Cumplimiento como ventaja competitiva: En un contexto donde cada vez se valoran más la transparencia, la privacidad y el respeto por los derechos de las personas, cumplir la normativa puede ser un diferenciador en el mercado.

Cómo nosotros podemos ayudarles — lo que ofrecemos

Dado este nuevo escenario, nuestras capacidades en consultoría estratégica —especialmente vinculadas a sustentabilidad, responsabilidad corporativa, gobernanza y transformación empresarial— pueden apoyar a

las empresas en Ecuador a alinearse con la LOPDP de forma efectiva y estructurada. Entre los servicios que podemos ofrecer:

  • Diagnóstico completo del “estado de cumplimiento” respecto a la protección de datos (mapa de riesgos, políticas, flujos de datos, consentimiento, bases de datos, etc.).
  • Diseño e implementación de políticas corporativas de protección de datos adaptadas al sector y tamaño de la empresa.
  • Desarrollo de un “Registro de Actividades de Tratamiento” y documentación requerida por la normativa.
  • Procedimientos internos de protección: roles responsables, controles técnicos, protocolos para tratamiento y eliminación de datos, mecanismos de consentimiento informado.
  • Capacitación para equipos internos — sensibilización sobre privacidad, derechos de los titulares, obligaciones legales.
  • Soporte en caso de auditorías o fiscalizaciones por parte de la SPDP.
  • Comunicación transparente hacia clientes, usuarios y stakeholders sobre el compromiso con la privacidad y protección de datos.

Esto puede integrarse perfectamente en una estrategia de sostenibilidad, buen gobierno corporativo, ética y responsabilidad — lo que además refuerza la propuesta de valor a stakeholders, inversionistas o certificaciones de impacto.

El reciente fallo sancionador contra LigaPro y FEF representa un antes y un después en la aplicación de la LOPDP en Ecuador. Las multas y obligaciones impuestas envían un mensaje claro: el cumplimiento normativo ya no puede seguir siendo opcional ni relegado.

Para las empresas que están comprometidas con la sostenibilidad, el gobierno corporativo, la transparencia y el respeto por los derechos de las personas —especialmente aquellas con visión de largo plazo o interés en certificaciones de impacto—, ahora la gestión adecuada de datos personales debe ser una prioridad estratégica.

Para cualquier duda o comentario sobre esta publicación, no dude en ponerse en contacto con nuestro experto: info@coronelyperez.com

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