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El Ministerio del Trabajo amplía el plazo para registrar los Planes de Igualdad

El Ministerio del Trabajo amplía el plazo para registrar los Planes de Igualdad

El Ministerio del Trabajo emitió el Acuerdo Ministerial MDT-2025-184, mediante el cual se reforma el Acuerdo MDT-2024-013 y se amplía el plazo obligatorio para el registro de los Planes de Igualdad ante el Sistema Único de Trabajo (SUT). Esta medida extiende por un año el periodo de cumplimiento para los empleadores del sector privado que mantienen una nómina de 50 o más trabajadores.

El nuevo acuerdo prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo para que los empleadores inscriban sus Planes de Igualdad en el SUT. Esta obligación deriva del artículo 19 de la Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta, que exige a las empresas contar con estos planes debidamente registrados. El Ministerio del Trabajo advirtió que, finalizado el plazo, se activarán los procesos de control y sanción correspondientes.

Las empresas que ya presentaron físicamente su Plan de Igualdad y cuentan con registro emitido por la autoridad no deberán realizar un nuevo registro en el SUT, salvo los casos previstos en el artículo 9 del Acuerdo MDT-2024-013.

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