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Boletín Tibutario: SRI redistribuye competencias internas sobre valoración previa Resolución NAC-DNJRGEC25-00000004

Boletín Tibutario: SRI redistribuye competencias internas sobre valoración previa Resolución NAC-DNJRGEC25-00000004

Resolución NAC-DNJRGEC25-00000004

El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha emitido la Resolución No. NAC-DNJRGEC25-00000004, publicada el 13 de junio de 2025, mediante la cual se reforma parcialmente el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del SRI. El principal objetivo de esta reforma es reorganizar internamente las competencias sobre la atención de las consultas de valoración previa previstas en el artículo 88 del Reglamento para la Aplicación del Código Tributario. 

En virtud de esta resolución, las Direcciones de Control Tributario de Grandes Contribuyentes y de Fiscalización de Grandes Contribuyentes dejarán de ser responsables del análisis técnico y emisión de informes en materia de valoración previa. En su lugar, estas competencias estarán concentradas en la Dirección de Asistencia Mutua y Fiscalidad Internacional, la cual será, desde la entrada en vigor de la norma, la única unidad autorizada para emitir pronunciamientos técnicos vinculados con operaciones entre partes relacionadas que sean objeto de consulta anticipada por parte de los contribuyentes. 

La decisión responde a la necesidad de fortalecer la especialización institucional del SRI, optimizar el uso de recursos técnicos y evitar la duplicidad de funciones en temas sensibles como los precios de transferencia y el cumplimiento tributario internacional. Esta concentración de funciones busca dotar de mayor coherencia técnica, eficiencia y seguridad jurídica a los pronunciamientos emitidos bajo este mecanismo. 

La redistribución de competencias no altera el procedimiento establecido para la presentación de solicitudes de valoración previa, ni afecta derechos adquiridos. Sin embargo, es importante que las empresas sujetas a obligaciones en materia de precios de transferencia y los asesores fiscales ajusten sus canales de gestión y contacto institucional, dirigiendo en adelante sus solicitudes exclusivamente a la Dirección de Asistencia Mutua y Fiscalidad Internacional. 

Finalmente, el SRI deberá realizar las actualizaciones necesarias en sus manuales internos, sistemas de gestión y plataformas electrónicas, a fin de garantizar la aplicación efectiva de esta reforma. Se recomienda a los contribuyentes revisar cualquier solicitud en curso y tomar nota del nuevo canal institucional competente para estas consultas. 

Coronel & Pérez ofrece asesoría corporativa especializada en asuntos tributarios. Para cualquier duda o comentario respecto al contenido de este boletín, no dude en ponerse en contacto con nosotros al correo: requerimientos@coronelyperez.com

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