Boletín Tibutario: Ingreso al régimen de Contribuyentes Especiales
Boletín Tibutario: Ingreso al régimen de Contribuyentes Especiales
El Servicio de Rentas Internas (SRI), mediante la Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000011, califica como Contribuyentes Especiales a un nuevo grupo de sujetos pasivos, cuya identificación puede ser consultada en la base digital publicada por la Administración Tributaria. Esta medida entra en vigor a partir de su publicación en el Registro Oficial, con efectos operativos desde el 1 de junio de 2025.
La resolución deroga expresamente la anterior Resolución NAC-DGERCGC25-00000006, publicada en el Quinto Suplemento del Registro Oficial No. 9, del 31 de marzo de 2025, y reemplaza completamente el listado de contribuyentes especiales determinado en aquella.
Los contribuyentes incluidos en esta resolución deberán:
- Cumplir con las obligaciones del régimen de contribuyentes especiales, desde el 1 de junio de 2025, y mientras mantengan dicha calificación.
- Realizar declaraciones, pagos y reportes tributarios con los formatos, plazos y características propios de este régimen, según lo establece la normativa vigente.
- Tener en cuenta que la calificación como contribuyente especial no es voluntaria ni temporal, y se mantiene mientras el SRI no disponga expresamente su exclusión.
El RUC será actualizado de oficio por el SRI para reflejar la condición de “Contribuyente Especial”, sin necesidad de gestión por parte del contribuyente. Se podrá reimprimir el nuevo RUC actualizado en línea, ingresando al portal institucional www.sri.gob.ec, mediante la opción “SRI en línea” con la clave electrónica.
Los sujetos pasivos incluidos deberán además actualizar su sistema de facturación electrónica en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde la vigencia de la resolución.
Coronel & Pérez ofrece asesoría corporativa especializada en asuntos tributarios. Para cualquier duda o comentario respecto al contenido de este boletín, no dude en ponerse en contacto con nosotros al correo: requerimientos@coronelyperez.com


