¿Sigue vigente la tasa de control aduanero para mercancías provenientes de Colombia?
¿Sigue vigente la tasa de control aduanero para mercancías provenientes de Colombia?
El SENAE derogó la tasa de control aduanero aplicable a mercancías originarias o procedentes de Colombia desde el 1 de junio de 2026.
Mediante la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0051-RE, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) dejó sin efecto la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0031-RE, que establecía una tasa por servicio aduanero por concepto de control aduanero para mercancías originarias o procedentes de Colombia.
La medida representa un cambio relevante para importadores y operadores de comercio exterior, especialmente considerando que la tasa derogada equivalía al 100% del valor en aduana de las mercancías importadas desde Colombia.
¿Qué resolución fue derogada por el SENAE?
La Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0051-RE derogó la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0031-RE, eliminando la tasa por servicio aduanero por concepto de control aduanero que se aplicaba a las mercancías originarias o procedentes de Colombia.
La derogatoria entró en vigor el 1 de junio de 2026, fecha desde la cual dicha tasa dejó de formar parte del régimen aduanero aplicable a estas importaciones.
¿Qué implica la derogación para los importadores?
A partir de la entrada en vigencia de la nueva resolución, las importaciones de mercancías originarias o procedentes de Colombia ya no están sujetas al pago de esta tasa.
La medida modifica el tratamiento aduanero aplicable a las operaciones realizadas desde el 1 de junio de 2026 y elimina una carga económica significativa para los operadores que mantienen relaciones comerciales con Colombia.
¿Qué sucede con los valores pagados mientras la tasa estuvo vigente?
La resolución no contempla expresamente mecanismos de devolución ni dispone la restitución automática de los valores recaudados durante la vigencia de la tasa.
Sin embargo, la eliminación de este régimen podría abrir la puerta a la revisión de las obligaciones pagadas por los importadores durante el período en que la medida estuvo vigente.
Por ello, las compañías que realizaron importaciones sujetas a esta tasa deberían identificar los valores pagados y evaluar la posibilidad de ejercer las acciones administrativas que correspondan, tomando en consideración las circunstancias particulares de cada caso y el marco normativo aplicable.
¿Qué acciones deberían considerar las empresas?
Las empresas que efectuaron importaciones desde Colombia durante la vigencia de la tasa podrían:
Revisar las declaraciones aduaneras y documentos de importación correspondientes.
Identificar los valores efectivamente pagados por concepto de la tasa de control aduanero.
Analizar la procedencia de eventuales reclamaciones o solicitudes administrativas.
Evaluar la estrategia jurídica más adecuada según las particularidades de cada operación.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo dejó de aplicarse la tasa de control aduanero para mercancías provenientes de Colombia?
La tasa dejó de aplicarse el 1 de junio de 2026, fecha de entrada en vigencia de la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0051-RE.
¿La derogación implica una devolución automática de los valores pagados?
No. La resolución no establece mecanismos automáticos de devolución ni ordena la restitución de los valores previamente recaudados.
¿Las empresas pueden reclamar los valores pagados?
Dependiendo de las circunstancias de cada caso, las empresas podrían evaluar la viabilidad de presentar acciones administrativas o reclamaciones relacionadas con los valores pagados durante la vigencia de la tasa.
¿A quiénes afecta esta medida?
A importadores y operadores de comercio exterior que realizan importaciones de mercancías originarias o procedentes de Colombia.
¿Es recomendable realizar una revisión de las operaciones efectuadas durante la vigencia de la tasa?
Sí. Una revisión documental puede permitir identificar pagos efectuados y determinar si existen acciones que podrían resultar procedentes.
¿Cómo puede ayudar Coronel & Pérez?
En Coronel & Pérez contamos con experiencia en materia tributaria y aduanera para acompañar a empresas e importadores en la revisión de sus operaciones, el análisis de potenciales contingencias y la evaluación de reclamos o procedimientos administrativos que permitan proteger sus intereses.
Sobre el autor
Jesús Longo Romero es asociado del área Tributaria de Coronel & Pérez. Su práctica se enfoca en asesoría tributaria, planificación fiscal, procedimientos administrativos y controversias ante las autoridades tributarias y aduaneras, acompañando a empresas nacionales e internacionales en la gestión de riesgos y cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
En Coronel & Pérez asesoramos a importadores y operadores en la evaluación de reclamos y procedimientos administrativos.
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